India impone aranceles antidumping a muchos productos chinos.

El 14 de marzo de 2024, el Ministerio de Finanzas de la India emitió el no. 03/2024-Aduanas (ADD), aceptando la recomendación final de medidas antidumping emitida por el Ministerio de Comercio e Industria el 29 de diciembre de 2023 sobre placas de circuito impreso (PCB), y decidió imponer un derecho antidumping de 5 años basado en CIF (CIF) del 0-75,72% en China y del 30% en la Región Administrativa Especial de Hong Kong. Este caso involucra el producto bajo el código aduanero indio 85340000. Las medidas antidumping en este caso no se aplican a las siguientes placas de circuito impreso: 1. [] placas de circuito impreso de más de 6 capas; 2. [] placas de circuito impreso para aplicaciones de teléfonos móviles; 3. [] placas de circuito impreso rellenas de todos los tamaños; 4. [] placas de circuito impreso con bloque de cobre integrado; 5. [] placas de circuito impreso integradas; 6. [] placas de circuito POFV o placas de circuito Via-in-Pad; 7. [] placas de circuito HDI; 8. [] blandas y duras Placa combinada (PCB Rid-flex); 9. [] Sustrato de embalaje / placa de embalaje de circuitos integrados. Las medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de esta circular en el Comunicado Oficial. Placa de prototipos sin soldadura, Reflector de radios de bicicleta y Llavero reflectante Cabe señalar.

El 14 de marzo de 2024, el Ministerio de Finanzas de la India emitió la circular n.º 06/2024-Aduanas (ADD), en la que indicaba que el Ministerio de Comercio e Industria había aceptado la recomendación final antidumping sobre el vinilo autoadhesivo (SAV) del 28 de diciembre de 2023 y había decidido imponer derechos antidumping a los productos chinos durante 3 años, con un rango de entre 0 y 1865 dólares por tonelada. Los productos afectados son de vinilo autoadhesivo con un espesor de película de PVC superior a 100 micras y se importan únicamente en rollo. En relación con los productos bajo los códigos aduaneros indios 39199090, 39191000, 39199010, 39199020, 39209919, 39206929 y 39219099. Los siguientes productos no están sujetos a medidas antidumping: película autoadhesiva como pegatinas, cinta, etiquetas, bolsas, adhesivo (PP), resina de poliéster (PET), caucho de poliuretano termoplástico (TPU), medio de inyección de tinta (menos de 50 micras), juego de planos, tela, película, película reflectante, película metalizada, HDPE), cinta de marcado de pisos, acrílico, película autoadhesiva para automóviles, película reflectante, película de protección solar y película de seguridad para vidrio, y productos autoadhesivos hechos de película que no sea de PVC, como resina de poliéster, cuero artificial (PU), película de polipropileno de tracción bidireccional (BOPP), etc. Las medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de esta circular en el Comunicado Oficial.


Fecha de publicación: 10 de abril de 2024